El lunes se cumplió un mes desde mi llegada a Japón y reconozco que no he hecho bien mis deberes. Adaptarse al ritmo de vida de un país tan distinto culturalmente al tuyo es complicado y me ha costado más de lo esperado, pero estos 36 días me han servido para empaparme de un Japón nuevo para mí, peculiar y frenético, que os plasmaré aquí.
Pero empecemos por el principio, los trámites que habremos de superar para entrar en Japón. Existen dos opciones: acceder como turista con el pasarporte —sólo apto para estancias de 90 o menos días—, u obtener un visado. Actualmente, la Embajada del Japón en España dispone de cinco tipos (turismo o visita a amigos, visita a familiares, reunión de negocios, participación en competiciones y actividades culturales).
Como podéis comprobar, es posible solicitar un visado de turismo, pero sólo será necesario si vuestra estancia va a superar el período antes indicado. Lo más probable es que la mayoría acceda con un visado de actividades culturales, que es el que se expide para aquellos que no van a ejercer ninguna actividad profesional remunerada con fondos japoneses (estudiantes, becarios, trabajadores de empresas extranjeras).
En cualquier caso, será necesario presentar cierta documentación para que os concedan el visado. Existen dos vías para hacerse con él, una más “engorrosa”, que requiere una larga lista de papeleo; y una “sencilla”, con el Certificado de Elegibilidad.
El Certificado de Elegibilidad es un documento emitido por una autoridad regional de inmigración bajo la jurisdicción del Ministerio de Justicia nipón. Es decir, la única forma de obtenerlo es en Japón, y conseguirlo resulta complicado si no se está emparentado con un japonés o se dispone de un contrato con una empresa japonesa o presente en el país que lo tramite.
Se trata del documento necesario para obtener el codiciado visado de trabajo.
Es la vía “sencilla” porque aquellos que estén en posesión de uno no necesitarán presentar mucha más documentación (a parte del impepinable impreso de solicitud, que podéis obtener directamente en la embajada o descargarlo a través de su página web).
El propio certificado acredita que el extranjero en cuestión cumple los requisitos necesarios para aterrizar y desarrollar la actividad para la que ha solicitado el visado, pero tened en cuenta que la sección pertinente se reserva el derecho de emitirlo.
Obtener el Certificado de Elegibilidad supone contar con un apoyo que agiliza mucho los trámites y el papeleo, pero como por desgracia la mayoría no cuenta con él, es necesario seguir el procedimiento ordinario de solicitud del visado, que puede traer de cabeza a más de uno durante un par de meses.
Lo primero y más importante, aunque suene a tópico, es ponerse en contacto con la embajada o el consulado que corresponda a cada uno, ya que, ellos mejor que nadie podrán deciros cuáles son los documentos exactos que necesitáis. Yo os ofrezco aquí una guía de la información que solicitan basándome en mi experiencia, pero los documentos requeridos varían en función de la actividad que vayáis a realizar en Japón.
Ante todo, tendréis que rellenar el impreso de solicitud, disponer de dos hojas libres en el pasaporte (en vigor) y llevar dos fotografías tamaño carnet que no tengan más de seis meses. A esto tenéis que añadir los siguientes documentos:
Documentos relacionados con la actividad académica o profesional | |
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Básicamente, lo que pretenden con estos documentos es saber si se está cualificado para desempeñar la actividad en cuestión y los términos en los que va a desarrollarse. |
(*) La Carta de invitación es un documento que debe emitir el centro en Japón en el que se vaya a realizar la actividad correspondiente (estudios, prácticas, trabajo, etc.), en el que tiene que aparecer la siguiente información: que se esté identificado como beneficiarios de la invitación, se indiquen las actividades a realizar, el tiempo que va a permanecerse en Japón, el Centro al que se va a acudir y aquella información que se considere de interés. Debe ir membretado, datado, sellado y firmado, lo que significa que tiene que llegarnos desde Japón por correo postal, y eso puede tardar algo más de un mes. |
Documentos relacionados con la capacidad económica | |
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Si los gastos se asumen personalmente:
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Como podéis comprobar, si no tenéis una buena solvencia para costearos una estancia superior a 90 días, no os concederán el visado. Y hay que acreditar que se cuenta con un lugar en el que alojarse y se tiene el billete de vuelta (aunque sea abierto). |
Si los gastos los asume una tercera persona:
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Cuando es otra persona la que va a asumir los gastos de la estancia —algún familiar, socio, etc.—,son sus datos económicos los que hay que facilitar. Además, tendremos que aportar algún documento que acredite nuestra relación con esa persona, como el libro de familia o el acuerdo correspondiente. |
Si los gastos los asumen desde Japón:
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En el caso de que sea el centro en Japón el que vaya a asumir los costes, tendrá que ir especificado en la antes mencionada Carta de invitación. |
Parece complicado, pero si contáis con el asesoramiento adecuado, en un par de semanas lo tendréis solucionado. En expedir el visado tardan sólo entre dos y cinco días (a mi me tardaron uno…), y lo peor es siempre reunir el papeleo.
Aquellos que accedan con una beca gestionada por la Embajada, como es el caso de las Monbukagakusho, u otras becas de estudios como las de La Caixa, lo tendrán más fácil, porque son éstas las que cubren los costes de la estancia y sólo habrá que presentar los documentos de la beca, en lo que a la capacidad económica se refiere.
Y si todo ha salido bien, voilà! Ya tendremos en nuestro poder el visado japonés.
Un punto muy importante a tener en cuenta a la hora de solicitar el visado es tener claro cuándo se va a aterrizar en Japón. ¿Por qué? Sencillamente porque desde la fecha en la que se expide el visado, tenéis tres meses para aterrizar en el país, y es a partir de la fecha de aterrizaje cuando comienza a contabilizarse el período de estancia.
Gracias tío, está super bien explicado, en ningún lado se encuentra información tan clara sobre el papeleo!